Ruiz cierra los contactos con grupos políticos para la tramitación de la Ley de Infancia en el Parlamento

Esta nueva norma dará voz a los niños y niñas y fomentará su participación en la sociedad con el objetivo de incorporar los cambios de los últimos 20 años

La consejera de Igualdad, Rocío Ruiz, concluyó la ronda de contactos con grupos parlamentarios para abordar la nueva ley.
La consejera de Igualdad, Rocío Ruiz, concluyó la ronda de contactos con grupos parlamentarios para abordar la nueva ley.

La consejera de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, Rocío Ruiz, ha concluido, con la reunión con Ciudadanos, la ronda de contactos con los grupos políticos para la tramitación de la nueva Ley de Infancia y Adolescencia de Andalucía que llega esta semana al Parlamento, puesto que el miércoles 24 se debate su admisión a trámite. Según ha destacado, esta norma, que sustituye a la Ley 1/1998, de 20 abril y para cuya redacción se han tenido en cuenta los cambios sociales producidos durante estos más de 20 años, «nace con la vocación de dar voz a los niños, niñas y adolescentes, fomentando su participación en la sociedad».

«Nuestro reto con esta Ley es proteger y salvar a la infancia. Que no haya niños y niñas menores de 13 años en centros residenciales y que los menores de 7 años pasen allí menos de tres meses. Para ello, vamos a potenciar las familias de acogida, a las que les vamos a dar facilidades, porque la labor que hacen es impagable. Además, vamos a agilizar todos los trámites«, ha señalado.

Así, la consejera ha destacado el compromiso de su departamento para propiciar «un modelo de atención residencial donde primen la calidad y calidez de las actuaciones, para lo que se establecen unos límites mayores que en la normativa estatal en coherencia con la apuesta decidida de esta comunidad por el acogimiento familiar«.

El título dedicado a la protección del menor también recoge la declaración de la situación de riesgo, cuyo encuadre legal está en la Ley 26/2015, de 28 de julio y que supera la ley andaluza de 1998. La declaración de una situación de desamparo y, en consecuencia, la asunción de la tutela responderá a la instrucción de un procedimiento administrativo reglado, siendo un avance en esta Ley el establecimiento de plazos concretos y muy delimitados. Así como la nueva figura de la guarda provisional, que es asumida por la entidad pública cuando así lo estime para ejercer la protección del menor o determinar las circunstancias que inciden en una situación de desprotección, para lo que los plazos son especialmente cortos.

Consejo Andaluz de niñas, niños y adolescentes

En términos generales, la ley tiene como objetivo garantizar la protección a la infancia y adolescencia, atender las necesidades que ya venían existiendo, así como las que han ido surgiendo en tiempos más recientes, regular los derechos y deberes que asisten a las personas menores de edad y definir el ámbito competencial de la Administración de la Junta de Andalucía en esta materia, creando escenarios para la participación infantil.

Para ello, Ruiz ha informado de que «se crea un órgano de participación, el Consejo Andaluz de niñas, niños y adolescentes, donde puedan expresar sus opiniones, intercambiar ideas, reflexionar sobre los problemas que les atañen, adoptar acuerdos y efectuar propuestas». Según esta Ley, las personas menores de edad tienen que poder ser protagonistas de sus derechos e iniciarse como ciudadanos y ciudadanas que participen en la sociedad, asumiendo un rol activo, para lo que se les reconoce capacidad y se propicia que adquieran autonomía.

Por otro lado, se limita la edad para el ingreso en centros de protección específicos de menores con problemas de conducta, para lo que se establece la edad mínima de 13 años; se regula la obligatoriedad de los seguimientos postadoptivos tanto en casos nacionales como internacionales con una periodicidad semestral al menos, y se establece que las entidades públicas ofrecerán programas de preparación para la vida independiente para menores que se encuentren con una medida de protección, que comenzarán al menos dos años antes de su mayoría de edad y hasta los 25 años.

Igualmente, la ley aborda el derecho fundamental a ser oído y escuchada que la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero modificó. Los interlocutores del menor deben interpretar y atender lo que tiene que decir y ello en función de su suficiente madurez y, en todo caso, cuando tenga 12 años de edad.

Plan de cuatro años

La Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, al objeto de la planificación de estas actuaciones, dispondrá un Plan de Infancia y Adolescencia de cuatro años de duración que determine las políticas públicas para lograr el bienestar y calidad de vida de las niñas, niños y adolescentes. Este plan contará con la colaboración de todas las Administraciones Públicas de Andalucía y con la participación de la ciudadanía, entidades de iniciativa social y, especialmente, con la infancia y adolescencia.

Finalmente, una de las novedades más destacadas es la definición de un sistema de información e indicadores que se proyecta a partir de fuentes primarias como el sistema educativo y el de salud y que va a permitir, en colaboración con el Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía, medir y conocer el bienestar real de la infancia y adolescencia andaluzas.

Fuente: http://www.juntadeandalucia.es

Source: Noticias en LSE

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